El día 24 de enero de
2019 se publicaba en el Diario Oficial de Extremadura (D.O.E.) la Ley 1/2019,
de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura. Después de un
dilatado periodo de elaboración y tramitación parlamentaria, se publicaba una
tardía pero necesaria Ley que contribuya a resarcir a las víctimas de la guerra
civil y la dictadura de Franco en Extremadura.
La Ley entrará en vigor
a finales de julio de 2019, dado que tiene una vacatio
de seis meses. Entre las novedades y cuestiones de interés para las víctimas de
la dictadura, se encuentran las siguientes:
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La
creación de un Instituto de Memoria, que canalizará todas iniciativas contempladas
en la Ley (artículo 47).
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La
prolija regulación del proceso de exhumación de fosas clandestinas (Capítulo II
del Título Primero y artículo 41.3).
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La
garantía de financiación del proceso de exhumación de fosas clandestinas, así
como para la identificación de las víctimas (Disposición Adicional Séptima).
En el debe del texto
legal, la cicatera regulación de las indemnizaciones a las personas que pasaron
por prisiones franquistas y que aún no han sido reparadas económicamente. La
Disposición Adicional Tercera dispone lo siguiente:
“En un plazo de 12
meses desde la entrada en vigor de la ley se regulará reglamentariamente un
procedimiento indemnizatorio a las víctimas recogidas en la disposición
adicional decimoctava de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para 1990, que no accedieron a las mismas”.
Por tanto, habrá que
esperar aún 18 meses para que se subsane una injusticia que ya dura décadas.
El contenido de la Ley
en el DOE en el siguiente enlace:
http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2019/160o/19010001.pdf